Garzón compara la España franquista con la Alemania nazi
El juez se declara competente para investigar los «crímenes contra la Humanidad» de la Guerra Civil y ordena abrir 19 fosas.- El magistrado denuncia las «matanzas, torturas y detenciones ilegales» de los «opositores políticos» durante el franquismo.
Casi 70 años después del final de la Guerra Civil, la Justicia española está dispuesta a desenterrar a los muertos de la contienda fratricida y de parte de la dictadura franquista.
El juez se declara competente para investigar los «crímenes contra la Humanidad» de la Guerra Civil y ordena abrir 19 fosas.- El magistrado denuncia las «matanzas, torturas y detenciones ilegales» de los «opositores políticos» durante el franquismo.
Casi 70 años después del final de la Guerra Civil, la Justicia española está dispuesta a desenterrar a los muertos de la contienda fratricida y de parte de la dictadura franquista.
El juez Baltasar Garzón se declaró ayer competente para investigar la desaparición de 114.266 personas entre 1936 y 1951, víctimas según él de un plan de exterminio similar al que se puso en marcha en la Alemania nazi.
El magistrado ha ordenado ya que se exhumen los cadáveres de 19 fosas comunes repartidas por ocho provincias españolas, entre ellos el del poeta Federico García Lorca.
Su objetivo es terminar con la «impunidad» de unos hechos que califica de crímenes contra la Humanidad y dar satisfacción a los familiares de las víctimas, que han vivido, recalca, un «suplicio permanente» durante todos estos años.
Estos son los argumentos esgrimidos por el juez Garzón en su auto:
No es revisión histórica
El magistrado insiste en que su objetivo no es «hacer una revisión en sede judicial de la Guerra Civil» sino arrojar luz sobre unas desapariciones que «nunca han sido investigadas penalmente por la Justicia española».
Sólo víctimas de un bando
El juez subraya que los vencedores de la Guerra Civil «aplicaron su derecho a los vencidos» en la identificación de las víctimas del bando nacional, pero no ocurrió lo mismo respecto de los derrotados, «que fueron perseguidos, encarcelados, desaparecidos y torturados».
No hay retroactividad
Frente a quienes argumentan que los crímenes contra la Humanidad no existen como tales antes del Juicio de Nüremberg, en 1945, contra los mandos nazis, el juez Garzón insiste en que los hechos investigados ahora ya eran entonces crímenes contra las Leyes y Costumbres de la Guerra y Leyes de Humanidad. Para ello se remonta a la Convención de Ginebra de 1864 y a las celebradas en la Haya en 1899 y 1907.
¿Por qué es competente?
El alzamiento, explica Garzón, fue «una decisión perfectamente planeada y dirigida a acabar con la forma de Gobierno de España», ordenando «la detención e incluso la eliminación física de personas que ostentaban responsabilidades en los altos organismos de la nación». La Audiencia, recuerda, es competente para conocer de los delitos contra las altas instituciones del Estado y, al tratarse de delitos conexos, también debe conocer de las desapariciones forzadas que siguieron al alzamiento de las tropas de Franco.
Los delitos no han prescrito
Garzón mantiene que los familiares de las víctimas no pudieron recurrir a la Justicia «al menos» hasta la entrada en vigor de la Constitución de diciembre de 1978, por lo que hasta esa fecha no podía regir el plazo de prescripción de los delitos perseguidos. Además, los hechos ya estaban castigados en el Código Penal de 1932 como un delito permanente de detención ilegal sin dar razón del paradero.
Paracuellos, caso distinto
El juez rechazó hace diez años investigar una denuncia contra Carrillo por los crímenes de Paracuellos del Jarama. Para él son casos distintos, pues esas muertes ya «se investigaron» y «se procuró sancionar a los posibles responsables». Además, no se pretendía atentar contra altos organismos de la nación, por lo que la competencia no sería de la Audiencia.
No cabe amnistía
Pese a la Ley de Amnistía de 1977, Garzón insiste en que estos delitos «no admiten normas de perdón u olvido» y que cualquier norma que buscara pasarlos por alto sería nulo de pleno derecho.
Ley de Memoria Histórica
Mantiene que su investigación es compatible con las medidas de la Ley de Memoria Histórica, que «no prohíbe la acción penal, sino que la previene y la intuye».
Recado a la Fiscalía
Oponerse a la persecución penal de estos hechos, insiste en su auto, supone «actuar contra los derechos de las víctimas» y una «instrumentalización negativa de la Justicia».
Convierte las diligencias en sumario y retrasa el recurso ante la Sala
Garzón echa un pulso a la Fiscalía para acelerar las exhumaciones
La decisión obliga al Ministerio Público a recurrir primero ante el juez la investigación de las desapariciones.
No es revisión histórica
El magistrado insiste en que su objetivo no es «hacer una revisión en sede judicial de la Guerra Civil» sino arrojar luz sobre unas desapariciones que «nunca han sido investigadas penalmente por la Justicia española».
Sólo víctimas de un bando
El juez subraya que los vencedores de la Guerra Civil «aplicaron su derecho a los vencidos» en la identificación de las víctimas del bando nacional, pero no ocurrió lo mismo respecto de los derrotados, «que fueron perseguidos, encarcelados, desaparecidos y torturados».
No hay retroactividad
Frente a quienes argumentan que los crímenes contra la Humanidad no existen como tales antes del Juicio de Nüremberg, en 1945, contra los mandos nazis, el juez Garzón insiste en que los hechos investigados ahora ya eran entonces crímenes contra las Leyes y Costumbres de la Guerra y Leyes de Humanidad. Para ello se remonta a la Convención de Ginebra de 1864 y a las celebradas en la Haya en 1899 y 1907.
¿Por qué es competente?
El alzamiento, explica Garzón, fue «una decisión perfectamente planeada y dirigida a acabar con la forma de Gobierno de España», ordenando «la detención e incluso la eliminación física de personas que ostentaban responsabilidades en los altos organismos de la nación». La Audiencia, recuerda, es competente para conocer de los delitos contra las altas instituciones del Estado y, al tratarse de delitos conexos, también debe conocer de las desapariciones forzadas que siguieron al alzamiento de las tropas de Franco.
Los delitos no han prescrito
Garzón mantiene que los familiares de las víctimas no pudieron recurrir a la Justicia «al menos» hasta la entrada en vigor de la Constitución de diciembre de 1978, por lo que hasta esa fecha no podía regir el plazo de prescripción de los delitos perseguidos. Además, los hechos ya estaban castigados en el Código Penal de 1932 como un delito permanente de detención ilegal sin dar razón del paradero.
Paracuellos, caso distinto
El juez rechazó hace diez años investigar una denuncia contra Carrillo por los crímenes de Paracuellos del Jarama. Para él son casos distintos, pues esas muertes ya «se investigaron» y «se procuró sancionar a los posibles responsables». Además, no se pretendía atentar contra altos organismos de la nación, por lo que la competencia no sería de la Audiencia.
No cabe amnistía
Pese a la Ley de Amnistía de 1977, Garzón insiste en que estos delitos «no admiten normas de perdón u olvido» y que cualquier norma que buscara pasarlos por alto sería nulo de pleno derecho.
Ley de Memoria Histórica
Mantiene que su investigación es compatible con las medidas de la Ley de Memoria Histórica, que «no prohíbe la acción penal, sino que la previene y la intuye».
Recado a la Fiscalía
Oponerse a la persecución penal de estos hechos, insiste en su auto, supone «actuar contra los derechos de las víctimas» y una «instrumentalización negativa de la Justicia».
Convierte las diligencias en sumario y retrasa el recurso ante la Sala
Garzón echa un pulso a la Fiscalía para acelerar las exhumaciones
La decisión obliga al Ministerio Público a recurrir primero ante el juez la investigación de las desapariciones.
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