Editorial de El Mundo:
"Habría que remontarse mucho tiempo atrás en la Justicia española para encontrar un recurso tan demoledor como el presentado ayer por el fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, contra el auto de Garzón en el que acusaba de crímenes de lesa humanidad a Franco y sus colaboradores y ordenaba la apertura de 19 fosas comunes.
El fiscal pide en un escrito de 40 folios que la Sala de lo Penal declare nulas de pleno derecho las actuaciones de Garzón en este caso tras desmontar de forma implacable todas las razones esgrimidas por el juez.
La Fiscalía defiende, en primer lugar, la pertinencia de su recurso contra las diligencias previas de Garzón, subrayando que las actuaciones de un juez son siempre recurribles y controlables por una instancia superior en base al principio de tutela judicial efectiva.
Hecha esta consideración de procedimiento, el fiscal reprocha a Garzón que ha interpretado las normas jurídicas «para conseguir un resultado previamente determinado», es decir, para poder seguir instruyendo un caso en el que carece de competencias. Zaragoza sugiere, pero no lo dice expresamente, que Garzón ha podido cometer un delito de prevaricación al «salvar los escollos» legales que le impiden actuar, fingiendo ignorar elementos tan «públicos y notorios» como que los desaparecidos en la Guerra Civil fueron asesinados.
El fiscal sostiene que los delitos que investiga Garzón jamás pueden ser competencia de la Audiencia Nacional, sean de asesinato, detención ilegal, rebelión o contra las instituciones de la nación. Tampoco puede considerarse que Franco cometiera un genocidio o crímenes de lesa humanidad porque esos delitos no estaban tipificados en 1936. Pero ni en un caso ni en otro la Audiencia tendría competencias, que corresponderían a juzgados de instrucción. Garzón -alega el fiscal- está aplicando de forma retroactiva la ley y a la vez está vulnerando el principio jurídico de que no puede sancionarse lo que no está tipificado como delito.
La Fiscalía considera, a continuación, que todos los delitos que pretende juzgar Garzón han prescrito, ya que fueron cometidos hace más de 60 años. El fiscal concluye que no se trata de detenciones ilegales sino de asesinatos, aunque en cualquiera de los dos supuestos la responsabilidad penal habría prescrito.
El recurso incide también en que Garzón ha vulnerado de forma flagrante la Ley de Amnistía, aprobada en 1977, que se hizo para eximir de todo tipo de responsabilidades penales a los delitos políticos cometidos antes de esa fecha. La voluntad del legislador, como Zaragoza recalca, era evitar actuaciones como la de Garzón.
Pero lo más grave quizás es que la Fiscalía acusa a Garzón de abrir una causa general que va contra la Constitución, practicando «una suerte de inquisición general incompatible con los principios que inspiran el derecho penal en un Estado de Derecho».
El contundente y fundamentado escrito del fiscal nos aboca a un dilema: o Garzón es un indocumentado que no sabe de leyes e incurre en disparates impropios incluso de un estudiante de Derecho o Garzón es un juez que ha prevaricado mediante una resolución encaminada a alimentar sus fines megalómanos. Que él mismo elija cuál de las dos opciones se ajusta más a su proceder".
"Disparate jurídico"
EL PAÍS - Madrid - 21/10/2008
Las razones que da el fiscal jefe de la Audiencia para oponerse a la causa abierta por Garzón son las siguientes:
- Competencia. "Aun considerando que los hechos son constitutivos de un delito de rebelión", como hace el juez en su auto, "este delito nunca ha formado parte de los delitos contra la forma de Gobierno, ni en el Código Penal de la República, ni en los códigos posteriores, por lo que es absolutamente injustificado concluir de forma taxativa que la Audiencia Nacional posee competencia para su investigación".
- Prescripción. No se trata de detenciones ilegales en un marco de delitos de lesa humanidad sino de asesinatos. Ese delito prescribía a los 15 años, según el Código Penal de la República, y a los 20, según el que está vigente.
- Ley de Amnistía. Los hechos fueron perdonados por la Ley de Amnistía de 1977, que el juez evita aplicar. "Resultaría un absoluto disparate jurídico cuestionar la legitimidad de esa norma y (...) atribuirle el estigma de 'ley de impunidad", mantiene el fiscal.
- Causa general. La instrucción que Garzón ha iniciado sería, según el recurso, "una suerte de inquisición general incompatible con los principios que inspiran el proceso penal en un Estado de derecho como el que consagra la Constitución".
"Plan de exterminio"
Estos son los argumentos del juez Baltasar Garzón recogidos en el auto de admisión a trámite del caso.
- Competencia. Garzón se declara competente en la causa porque Franco encabezó un golpe de Estado contra la República. Se trataría de un delito contra la forma de Gobierno y los altos organismos de la nación, que compete juzgar a la Audiencia.
- Prescripción. El juez considera que los hechos no han prescrito. Los tipifica como detenciones ilegales en un marco de crímenes contra la Humanidad por existir un plan sistemático de exterminio. Al no encontrarse a las víctimas, esas desapariciones no están prescritas.
- Ley de Amnistía. "Parece claro que no pueden considerarse incluidos los hechos y delitos que con arreglo a las normas de derecho penal internacional son catalogados como crímenes contra la Humanidad y por tanto, sin naturaleza de delito político", dice el juez. "Frente a esta naturaleza, ninguna ley de amnistía puede oponerse".
- Causa general. "Con este procedimiento no se trata de hacer una revisión en sede judicial de la Guerra Civil; ni esa es la intención de los denunciantes ni puede serlo del instructor (...) ya que supondría la formación de una especie de causa general".
Carta para no perder la amistad.- JOSÉ YOLDI - Madrid - 21/10/2008
El juez Baltasar Garzón y el fiscal Javier Zaragoza son amigos desde hace muchos años, por lo menos desde 1989, poco después de que el magistrado llegase a la Audiencia Nacional y Zaragoza fuese fiscal antidroga. Ambos prepararon la denominada Operación Nécora, contra el narcotráfico gallego, que luego se convertiría en uno de los primeros macrosumarios que se juzgó en la Audiencia.
Desde entonces, ambos han participado en cien batallas contra la droga, principalmente, aunque también contra el terrorismo de ETA y el yihadista.
En ocasiones han tenido discrepancias, pero siempre han solucionado los problemas entre ellos y han consolidado una buena amistad. Zaragoza y su esposa fueron invitados a la boda de la hija del juez celebrada este verano.
El caso es que Garzón sabía que su postura en el caso de la Memoria Histórica chocaba frontalmente contra la visión del fiscal y pese a las advertencias de éste de que no quería tener que recurrir su decisión, el juez tiró para adelante.
Ahora, al mismo tiempo que presentaba el recurso contra el auto del juez, en el que le acusa de haber transformado el proceso en una causa general, en una especie de "inquisitio generalis", Zaragoza ha remitido una carta personal a Garzón explicándole que se ha visto forzado a actuar así para defender la legalidad. El fiscal añade que espera que sus respectivas posturas procesales en este asunto no afecten a los temas personales y especialmente a la amistad existente entre ambos.
Por el momento no se conoce cuál será la postura de Garzón tras la recepción de la carta, aunque se sabe que está muy disgustado con el hecho de que su amigo no haya respaldado su punto de vista.
Habrá que esperar.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario