RECURRE SU CAUSA SOBRE LOS CRÍMENES DEL FRANQUISMO
Considera que los órganos competentes son 'los juzgados de cada territorio'
Dice que la Ley de Memoria Histórica ampara los derechos de las víctimas
Critica que Garzón hace una 'singular interpretación de las normas de prescripción'
Afirma que son delitos comunes y no crímenes contra la humanidad
SERVIMEDIA.- El Mundo, 20/10/2008
MADRID.- El fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, ha acusado al juez Baltasar Garzón de querer abrir una "inquisición general" de la Guerra Civil y la dictadura de Franco a través una investigación "difícilmente compatible del alcance, límites y fines del proceso penal en un Estado de derecho".
Así lo afirma en el recurso de apelación que la Fiscalía ha interpuesto directamente ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional contra la decisión del juez Garzón, que el pasado jueves se declaró competente para investigar los crímenes de la Guerra Civil y el franquismo.
A modo de síntesis, el fiscal jefe asegura que la investigación de Garzón "quiebra las más elementales reglas del proceso penal y aboca inevitablemente a una inquisición general prohibida por nuestra Constitución".
Considera que los órganos competentes son 'los juzgados de cada territorio'
Dice que la Ley de Memoria Histórica ampara los derechos de las víctimas
Critica que Garzón hace una 'singular interpretación de las normas de prescripción'
Afirma que son delitos comunes y no crímenes contra la humanidad
SERVIMEDIA.- El Mundo, 20/10/2008
MADRID.- El fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, ha acusado al juez Baltasar Garzón de querer abrir una "inquisición general" de la Guerra Civil y la dictadura de Franco a través una investigación "difícilmente compatible del alcance, límites y fines del proceso penal en un Estado de derecho".
Así lo afirma en el recurso de apelación que la Fiscalía ha interpuesto directamente ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional contra la decisión del juez Garzón, que el pasado jueves se declaró competente para investigar los crímenes de la Guerra Civil y el franquismo.
A modo de síntesis, el fiscal jefe asegura que la investigación de Garzón "quiebra las más elementales reglas del proceso penal y aboca inevitablemente a una inquisición general prohibida por nuestra Constitución".
El recurso del fiscal, de 41 folios, se articula en torno a cuatro argumentos fundamentales.
En primer lugar, acusa a Garzón de querer llevar a cabo una "causa general" prohibida por la Constitución
en segundo término, considera que los delitos han prescrito y que, además, estarían perdonados por la Ley de Amnistía;
y, por último, señala que se tratan de delitos comunes y no de crímenes contra la humanidad.
Zaragoza considera "evidente" que la investigación de Garzón constituye "una causa general", que vulnera "el objeto y la finalidad" del proceso penal, según lo estipulado por la Constitución. La investigación "se salta las reglas y límites del Estado de Derecho", asegura.
Asimismo, el fiscal asegura que el magistrado "ha evitado aplicar las normas de prescripción de hechos delictivos perpetrados en el mejor de los casos hace casi 60 años".
En este sentido, señala que Garzón ha realizado una "singular interpretación de las normas de prescripción" al señalar que, como los cuerpos de los desaparecidos todavía no han aparecido, el delito de detención ilegal todavía se sigue cometiendo. "Es público y notorio que las víctimas fueron ejecutadas entonces y que, en consecuencia, nos encontramos manifiestamente ante delito de asesinato", señala el recurso de la Fiscalía.
Asimismo, el fiscal asegura que el magistrado "ha evitado aplicar las normas de prescripción de hechos delictivos perpetrados en el mejor de los casos hace casi 60 años".
En este sentido, señala que Garzón ha realizado una "singular interpretación de las normas de prescripción" al señalar que, como los cuerpos de los desaparecidos todavía no han aparecido, el delito de detención ilegal todavía se sigue cometiendo. "Es público y notorio que las víctimas fueron ejecutadas entonces y que, en consecuencia, nos encontramos manifiestamente ante delito de asesinato", señala el recurso de la Fiscalía.
El fiscal considera que los delitos han prescrito o que estarían perdonados por la Ley de Amnistía; y señala que se tratan de delitos comunes y no de crímenes contra la humanidad.
Por otro lado, Zaragoza acusa a Garzón de eludir la aplicación de la Ley de Amnistía de 1977, un norma "aprobada por las primeras Cortes democráticas" y que establece "la imposibilidad de exigir responsabilidades criminales".
El fiscal jefe de la Audiencia Nacional hace especial hincapié esta ley fue aprobada "por un Parlamento democrático en pleno proceso de transición".
Por otro lado, Zaragoza acusa a Garzón de eludir la aplicación de la Ley de Amnistía de 1977, un norma "aprobada por las primeras Cortes democráticas" y que establece "la imposibilidad de exigir responsabilidades criminales".
El fiscal jefe de la Audiencia Nacional hace especial hincapié esta ley fue aprobada "por un Parlamento democrático en pleno proceso de transición".
El escrito argumenta que, pese a su condición de Ley preconstitucional, esta norma "tuvo plena efectividad y vigencia jurídica" desde la entrada en vigor, en 1978, al entrar en vigor la Constitución, y por lo tanto no son comparables con la leyes de punto y final dictadas en Argentina o Chile por los propios regimenes dictatoriales.
Además, señala que esa ley no se limitó exclusivamente a los llamados delitos políticos y recuerda que "miembros de diferentes organizaciones terroristas con crímenes de sangre" como ETA "se beneficiaron de sus efectos y extinguieron sus responsabilidades".
Al hilo de esta reflexión, el escrito del Ministerio Público censura que Garzón considere los delitos cometidos durante la Guerra Civil y el franquismo como crímenes contra la humanidad cuando esa figura legal no fue introducida en el derecho penal internacional hasta los juicio de Nuremberg (Alemania), celebrados a partir de 1945 contra los responsables del régimen Nazi.
Como último argumento, la Fiscalía sostiene que, en todo caso, los crímenes cometidos en la Guerra Civil y la dictadura de Franco serían delitos comunes cuya investigación correspondería a los juzgados ordinarios y no a la Audiencia Nacional.
En este apartado, Zaragoza acusa a Garzón de construir "un singular andamiaje jurídico" para declarase competente, al vincular los delitos de detenciones ilegales -que no son competencia de la Audiencia Nacional- con un delito contra los Altos Organismos de la Nación "mediante una laxa interpretación de las normas de conexión".
Por lo tanto, afirma que la investigación de los crímenes de la Guerra Civil y el franquismo "no corresponde a la Audiencia Nacional, sino a los diferentes órganos judiciales territoriales de los lugares en los que se hayan cometidos tales crímenes".
Además, señala que esa ley no se limitó exclusivamente a los llamados delitos políticos y recuerda que "miembros de diferentes organizaciones terroristas con crímenes de sangre" como ETA "se beneficiaron de sus efectos y extinguieron sus responsabilidades".
Al hilo de esta reflexión, el escrito del Ministerio Público censura que Garzón considere los delitos cometidos durante la Guerra Civil y el franquismo como crímenes contra la humanidad cuando esa figura legal no fue introducida en el derecho penal internacional hasta los juicio de Nuremberg (Alemania), celebrados a partir de 1945 contra los responsables del régimen Nazi.
Como último argumento, la Fiscalía sostiene que, en todo caso, los crímenes cometidos en la Guerra Civil y la dictadura de Franco serían delitos comunes cuya investigación correspondería a los juzgados ordinarios y no a la Audiencia Nacional.
En este apartado, Zaragoza acusa a Garzón de construir "un singular andamiaje jurídico" para declarase competente, al vincular los delitos de detenciones ilegales -que no son competencia de la Audiencia Nacional- con un delito contra los Altos Organismos de la Nación "mediante una laxa interpretación de las normas de conexión".
Por lo tanto, afirma que la investigación de los crímenes de la Guerra Civil y el franquismo "no corresponde a la Audiencia Nacional, sino a los diferentes órganos judiciales territoriales de los lugares en los que se hayan cometidos tales crímenes".
El recurso, ante la Sala y no ante el juez
A pesar de que el pasado viernes el juez transformó su auto en sumario para obligar a la Fiscalía a presentar un recurso ante él antes de recurrir ante la Sala de lo Penal, el Departamento dirigido por el fiscal jefe Javier Zaragoza ha decidido saltarse este trámite.
La Fiscalía considera que el recurso de apelación ante la Sala de lo Penal es "procesalmente correcto", ya que la decisión de Garzón de declararse competente se produjo cuando la investigación se desarrollaba todavía como diligencias previas, que permiten recurrir directamente ante la Sala.
Por lo tanto, el fiscal se ampara en el artículo 766 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que establece que los recursos interpuestos contra las diligencias previas pueden plantearse directamente en apelación ante la Sala sin necesidad de interponer primero un recurso de reforma ante el propio magistrado.
El papel de la Memoria Histórica
Por último, Zaragoza asegura "la justa pretensión de recuperar la memoría y la dignidad de esos miles de víctimas, y la consecuente reparación moral" debe articularse a través de la Ley de Memoria Histórica y no de los tribunales de justicia.
Las víctimas "van a ver satisfechas sus pretensiones de verdad, reconocimiento y reparación a través de los procedimiento y medidas que establece la Ley de la Memoria Histórica".
En este sentido, la Fiscalía considera que la labor de localización, exhumación e identificación de las víctimas corresponde al Gobierno y la comunidades autónomas, y no a los tribunales.
A pesar de que el pasado viernes el juez transformó su auto en sumario para obligar a la Fiscalía a presentar un recurso ante él antes de recurrir ante la Sala de lo Penal, el Departamento dirigido por el fiscal jefe Javier Zaragoza ha decidido saltarse este trámite.
La Fiscalía considera que el recurso de apelación ante la Sala de lo Penal es "procesalmente correcto", ya que la decisión de Garzón de declararse competente se produjo cuando la investigación se desarrollaba todavía como diligencias previas, que permiten recurrir directamente ante la Sala.
Por lo tanto, el fiscal se ampara en el artículo 766 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que establece que los recursos interpuestos contra las diligencias previas pueden plantearse directamente en apelación ante la Sala sin necesidad de interponer primero un recurso de reforma ante el propio magistrado.
El papel de la Memoria Histórica
Por último, Zaragoza asegura "la justa pretensión de recuperar la memoría y la dignidad de esos miles de víctimas, y la consecuente reparación moral" debe articularse a través de la Ley de Memoria Histórica y no de los tribunales de justicia.
Las víctimas "van a ver satisfechas sus pretensiones de verdad, reconocimiento y reparación a través de los procedimiento y medidas que establece la Ley de la Memoria Histórica".
En este sentido, la Fiscalía considera que la labor de localización, exhumación e identificación de las víctimas corresponde al Gobierno y la comunidades autónomas, y no a los tribunales.
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