miércoles, 29 de febrero de 2012

Garzón

Dice la resolución que Garzón no tiene ni idea de lo que es el proceso penal, que se orienta a dilucidar la responsabilidad de personas concretas y no a establecer la verdad histórica, que corresponde a los historiadores.


Señala que la tipificación de los delitos es incorrecta, puesto que no puede haber detención ilegal sin ofrecer razón del paradero de la víctima y luego le reprocha ampararse en «construcciones formales» que no existen en las leyes españolas.


Apunta también la sentencia que los delitos han prescrito y que es público y notorio que los responsables del levantamiento de 1936 habían muerto cuando se abrió la causa. El fallo le reprocha también a Garzón incurrir en una transposición arbitraria de los convenios de derecho internacional cuando el sistema jurídico español posee un método establecido para determinar su aplicación en el procedimiento penal y luego le acusa de interpretar esos tratados de forma retrospectiva.


Y, por último, el Supremo señala que la Ley de Amnistía de 1977 sigue estando en vigor y fue refrendada implícitamente por la Constitución, por lo que no es posible exigir responsabilidades penales ni al franquismo ni a las autoridades de la República.


En suma, Garzón queda retratado como lo que ha sido: un juez que no creía en el Derecho y que ha aplicado la ley de forma arbitraria para conseguir fines que nada tenían que ver con la Justicia. Afortunadamente, Garzón ya ha sido expulsado de la carrera judicial, lo que resulta tranquilizador a juzgar por el contenido de esta demoledora sentencia del Supremo.

1 comentario:

Anónimo dijo...

que se peleen en las altas esferas entre ellos, que nosotros tenemos que cargar a nuestras espaldas pesos aun mas duros. por ejemplo?? el de un paro de unas cifras monumentales, unas jornadas cada vez mas amplia de trabajo y peor remuneradas, una marginalidad tambien creciente, y demas.

sinceramente, no me da pena este señor.