martes, 20 de mayo de 2008

¿Ganar tiempo perdiendo dinero?.


AMPLIAR EL PLAZO DE LA HIPOTECA: ¿Es una ayuda a las familias en dificultades por la subida de los tipos de interés o no?.

Ampliar el plazo de la hipoteca supone en todos los casos perder dinero, la cantidad que finalmente se pagará al banco se incrementa y el efecto en la rebaja de las cuotas mensuales sólo sirve para ganar el tiempo necesario para ajustar la economía familiar si el banco accede a que el nuevo plazo sea bastante mayor que el actual.
«En general, la rebaja de la cuota mensual es insignificante si la hipoteca se amplía en cinco años y sólo se puede apreciar realmente a partir de una ampliación del plazo en diez años
», señalan los expertos financieros.

Además, señalan, que «la bajada de las cuotas no compensa con la nueva cantidad total a pagar; cada año que se agrega son intereses que al final suponen que la cantidad efectivamente devuelta al banco se incremente de forma notable».
«El problema es que no se ve la subida de las cantidades a pagar porque el que tenga apuros para llegar a final de mes sólo va a ver la reducción de la cuota porque aborda la operación en términos de alivio y no de rentabilidad».

En muchos casos el ahorro real no es mayor que el de una cajetilla diaria de tabaco.
«Si un fumador lo piensa seriamente, ahí tiene una clave. El ahorro mensual de ampliar cinco años el plazo de una hipoteca es menor que el de dejar de fumar una cajetilla diaria, con la variedad de que se gana salud y no termina pagándose más al banco».

Las familias deben analizar muy bien todas las posibilidades de ahorro que tienen porque muchas veces son más efectivas que la bajada de la cuota hipotecaria.
«Ampliar el plazo es una alternativa a considerar sólo cuando no existen otras y siempre que se aborde hay que tener en cuenta que es una solución que debe tender a ser transitoria, es decir, que cuando se pase el apuro debería tenderse a volver a las condiciones originales, ya sea adelantando dinero o renegociando de nuevo con el banco».
En general, los expertos financieros consideran que las familias españolas gestionaron mal las bajadas de tipos de interés y que se corre el riesgo de que se gestione mal también la posibilidad de ampliación de los plazos de la hipoteca. Pocos son los que se preocuparon en hacer cuentas para saber cuánto pagaría en el caso de una subida del Euribor.
«Creímos, y los bancos no sacaron del error a sus clientes, que los tipos de interés estarían siempre al 3% y la mayor parte de las familias no hicieron otras cuentas, por lo que la subida hasta el 5% hace a determinadas familias pasar dificultades por la subida de las cuotas de las hipotecas».
Un ejemplo:
Por duplicar el plazo de un crédito y pasarlo de 20 a 40 años se obtiene una reducción de la cuota del 27% si el crédito está a Euribor más 0,40 puntos. La cantidad total a pagar para ese mismo crédito aumentará un 46% por efecto de ampliar el plazo de 20 a 40 años.
Para que el efecto de la reducción de la cuota se note de verdad en la economía familiar, la nueva cantidad a pagar debe ser al menos 150 euros inferior, lo que significa de hecho que hay que ampliar el plazo muchos años, lo que hace que la operación no salga rentable desde un punto de vista financiero.
(El ejemplo elegido es el de un crédito bastante barato para lo que existe actualmente en el mercado, si el tipo es mayor el ahorro en cuota es menor y el total a pagar aumenta, por lo que aún compensará menos).
«Los créditos concedidos hace cinco años estarán por encima del Euribor más medio punto con carácter general y sólo en los otorgados desde 2005 podremos encontrar diferenciales sistemáticamente menores al medio punto en algunas entidades, que no en todas».

Por lo tanto se recomienda emprender una renegociación de plazos de la hipoteca sólo en situaciones extremas, como serían las de pérdidas de ingresos o deterioro muy serio de las expectativas a corto y medio plazo.
Además siempre exigir información de los costes de la operación.

«El reciente pacto del Gobierno con los bancos, notarios y registradores ha llevado a mucha gente a creer que las renegociaciones van a estar exentas de gastos, cuando en realidad se trata de un compromiso de intenciones pero no es obligatorio, como tampoco lo es que el banco acepte negociar la ampliación del plazo».
El acuerdo firmado recientemente no obliga a nadie, por mucho que la «foto oficial» parezca indicar lo contrario, y en el sector financiero se subraya que «habrá veces en las que una entidad no acepte negociar determinados créditos con la idea de que el cliente busque una salida con otro banco y otras veces sí aceptará negociar una ampliación del plazo». En este caso, debe tenerse en cuenta el coste de la operación, porque puede que el banco acepte no cobrar comisiones, pero no puede garantizar lo que hará el notario o el registrador, cuyos representantes se han adherido al pacto, pero que no están obligados a renunciar a sus honorarios.
«En todo caso, siempre se puede cambiar de notario si otro garantiza no cobrar la comisión, porque sí existe competencia entre notarios de la misma plaza, pero en el caso del registrador de la propiedad, dependeremos por completo de su decisión, ya que una hipoteca sólo se puede inscribir en el registro que corresponde a la finca».

Tanto los notarios como los registradores pidieron en su momento una figura legal que obligara al cumplimiento en lugar de un acuerdo de adhesión voluntaria por parte de estos profesionales.

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