domingo, 7 de abril de 2013

14 indicios «sin entidad penal»



El fiscal Pedro Horrach considera que los 14 indicios que argumenta el juez José Castro son «meras circunstancias inocuas, inconsistentes y equívocas, en algunos casos, o meras sospechas personales, en otros», de las que en todo caso no puede inferirse «participación en conductas reprochables penalmente».
Descartados seis de esos indicios, que considera idénticos a los que puso sobre la mesa hace un año Manos Limpias y que el instructor ya descartó, el fiscal rebate los ocho restantes:

Trato privilegiado
Respecto a que la Infanta tenía que conocer por Carlos García Revenga, secretario de las Infantas y también imputado en el procedimiento, que su marido estaba obteniendo un «trato privilegiado» de las Administraciones públicas y que ellos podía deberse a sus «vinculaciones con la Casa de S. M. El Rey», la Fiscalía sostiene que el juez parte de un presupuesto «no acreditado»: que García Revenga conociese que el duque de Palma recibía un trato de favor de los poderes públicos en su actividad empresarial. Aunque los correos aportados por Diego Torres, añade, demuestran que ambos mantenían «una comunicación fluida», de los mismos «no se infiere el conocimiento de presuntas actividades delictivas» en el seno del Instituto Nóos. Y en el caso de que lo supiese, concluye, no se ha acreditado que García Revenga se lo comunicase a la Infanta, que ni siquiera tenía «un mínimo conocimiento» de esas actividades supuestamente ilícitas.

Sin alcance penal
El fiscal no entiende «el alcance penal» que puede tener que el secretario de las Infantas no comunicase al Rey su designación como tesorero de Nóos y que Doña Cristina, supuestamente, no se cuestionara esa omisión o intentara remediarla.

Irrelevante
En cuanto a que Don Juan Carlos «comente o no con su hija las recomendaciones que haya realizado» a Urdangarín (instándole a apartarse de Nóos en marzo de 2006), para Horrach «pertenece al ámbito estrictamente privado y es penalmente irrelevante».

Suposiciones
Otro correo aportado por Torres –en el que Urdangarín pone al tanto a su socio de que su esposa le ha comentado que el Rey va a hacer una gestión en favor de un proyecto del duque de Palma–, también es abordado por el fiscal, quien dice que lo único que pone de manifiesto es que Doña Cristina «transmitió a su cónyuge un mensaje de su padre», pero «en ningún caso» su intervención en el mismo, por lo que es «una suposición huérfana de apoyo probatorio».

Declaración inocua
La declaración de Ana María Tejeiro, esposa de Torres, de que la Infanta conocía del Instituto Nóos lo mismo que los demás miembros de la Junta, al fiscal le parece «inocua a efectos incriminatorios», pues ésta «nunca se reunió ni por tanto adoptó decisión alguna». Y subraya que el propio juez Castro ya afirmó hace un año que no había en la causa «absolutamente ningún testimonio» que involucrase a Doña Cristina en la toma de decisiones. Tejeiro dijo que la hija del Rey no era citada a declarar «por ser quien es», pero el fiscal apostilla que en la misma comparecencia negó que se sintiera injustamente tratada respecto a ella, por lo que «el contexto desvirtúa la interpretación» del juez Castro de que la diferencia de trato obedecía «a su posicionamiento institucional».

Relevancia nula
Horrach recuerda que cuando interrogó a Torres por la responsabilidad de la Infanta en Nóos, el socio de Urdangarín le contestó que acompañó a ambos a ver un local cuando se estaban planteando cambiar la sede de Nóos y que el matrimonio presidió la presentación de un proyecto en el que estaba trabajando la asociación para Telefónica. La relevancia penal de ambas actividades «es nula», dice la Fiscalía, que califica de «vaguedades e incoherencias sin valor incriminatorio alguno» las respuestas de Torres sobre la supuesta implicación de la Infanta.

De espaldas
Castro mantiene en su auto de imputación que «difícilmente» Urdangarín podía actuar de espaldas a su esposa cuando algunos convenios de Nóos se negociaron en el Palacio de Marivent y en Zarzuela (aunque esto último no está acreditado aún, según reconoce el mismo instructor). Pero para Horrach, «en el hipotético caso» de que Doña Cristina conociese esas reuniones, «se escapa a este fiscal nuevamente el alcance penal de este extremo».

Dato intrascendente
Que Urdangarín facilitase un número de cuenta, del que también es titular la Infanta, a la Fundación Laureus «es un dato irrelevante por no ser dichas transacciones objeto de investigación» y tampoco implica que Doña Cristina conociese esas actividades comerciales.

Especulaciones
Por último, la consulta de Urdangarín a su esposa sobre un comunicado de Nóos (incluida en uno de los últimos correos aportados al juez por Torres), dice el fiscal, no revela más que «la habitual comunicación entre cónyuges» e intentar inferir algo más «pertenece al ámbito de lo meramente especulativo».La necesidad de un MIR educativo

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