El fiscal Pedro Horrach considera que
los 14 indicios que argumenta el juez José Castro son «meras circunstancias
inocuas, inconsistentes y equívocas, en algunos casos, o meras sospechas
personales, en otros», de las que en todo caso no puede inferirse «participación
en conductas reprochables penalmente».
Descartados seis de esos indicios, que
considera idénticos a los que puso sobre la mesa hace un año Manos Limpias y
que el instructor ya descartó, el fiscal rebate los ocho restantes:
Trato privilegiado
Respecto a que la Infanta tenía que
conocer por Carlos García Revenga, secretario de las Infantas y también
imputado en el procedimiento, que su marido estaba obteniendo un «trato
privilegiado» de las Administraciones públicas y que ellos podía deberse a sus
«vinculaciones con la Casa de S. M. El Rey», la Fiscalía sostiene que el juez
parte de un presupuesto «no acreditado»: que García Revenga conociese que el
duque de Palma recibía un trato de favor de los poderes públicos en su
actividad empresarial. Aunque los correos aportados por Diego Torres, añade,
demuestran que ambos mantenían «una comunicación fluida», de los mismos «no se
infiere el conocimiento de presuntas actividades delictivas» en el seno del
Instituto Nóos. Y en el caso de que lo supiese, concluye, no se ha acreditado
que García Revenga se lo comunicase a la Infanta, que ni siquiera tenía «un
mínimo conocimiento» de esas actividades supuestamente ilícitas.
Sin alcance penal
El fiscal no entiende «el alcance penal»
que puede tener que el secretario de las Infantas no comunicase al Rey su
designación como tesorero de Nóos y que Doña Cristina, supuestamente, no se
cuestionara esa omisión o intentara remediarla.
Irrelevante
En cuanto a que Don Juan Carlos «comente
o no con su hija las recomendaciones que haya realizado» a Urdangarín
(instándole a apartarse de Nóos en marzo de 2006), para Horrach «pertenece al
ámbito estrictamente privado y es penalmente irrelevante».
Suposiciones
Otro correo aportado por Torres –en el
que Urdangarín pone al tanto a su socio de que su esposa le ha comentado que el
Rey va a hacer una gestión en favor de un proyecto del duque de Palma–, también
es abordado por el fiscal, quien dice que lo único que pone de manifiesto es
que Doña Cristina «transmitió a su cónyuge un mensaje de su padre», pero «en
ningún caso» su intervención en el mismo, por lo que es «una suposición
huérfana de apoyo probatorio».
Declaración inocua
La declaración de Ana María Tejeiro,
esposa de Torres, de que la Infanta conocía del Instituto Nóos lo mismo que los
demás miembros de la Junta, al fiscal le parece «inocua a efectos
incriminatorios», pues ésta «nunca se reunió ni por tanto adoptó decisión
alguna». Y subraya que el propio juez Castro ya afirmó hace un año que no había
en la causa «absolutamente ningún testimonio» que involucrase a Doña Cristina
en la toma de decisiones. Tejeiro dijo que la hija del Rey no era citada a
declarar «por ser quien es», pero el fiscal apostilla que en la misma
comparecencia negó que se sintiera injustamente tratada respecto a ella, por lo
que «el contexto desvirtúa la interpretación» del juez Castro de que la
diferencia de trato obedecía «a su posicionamiento institucional».
Relevancia nula
Horrach recuerda que cuando interrogó a
Torres por la responsabilidad de la Infanta en Nóos, el socio de Urdangarín le
contestó que acompañó a ambos a ver un local cuando se estaban planteando
cambiar la sede de Nóos y que el matrimonio presidió la presentación de un
proyecto en el que estaba trabajando la asociación para Telefónica. La
relevancia penal de ambas actividades «es nula», dice la Fiscalía, que califica
de «vaguedades e incoherencias sin valor incriminatorio alguno» las respuestas
de Torres sobre la supuesta implicación de la Infanta.
De espaldas
Castro mantiene en su auto de imputación
que «difícilmente» Urdangarín podía actuar de espaldas a su esposa cuando
algunos convenios de Nóos se negociaron en el Palacio de Marivent y en Zarzuela
(aunque esto último no está acreditado aún, según reconoce el mismo
instructor). Pero para Horrach, «en el hipotético caso» de que Doña Cristina
conociese esas reuniones, «se escapa a este fiscal nuevamente el alcance penal
de este extremo».
Dato intrascendente
Que Urdangarín facilitase un número de
cuenta, del que también es titular la Infanta, a la Fundación Laureus «es un
dato irrelevante por no ser dichas transacciones objeto de investigación» y
tampoco implica que Doña Cristina conociese esas actividades comerciales.
Especulaciones
Por último, la consulta de Urdangarín a
su esposa sobre un comunicado de Nóos (incluida en uno de los últimos correos
aportados al juez por Torres), dice el fiscal, no revela más que «la habitual
comunicación entre cónyuges» e intentar inferir algo más «pertenece al ámbito
de lo meramente especulativo».La necesidad de un MIR educativo
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