El Constitucional da luz verde por 6 votos contra 5 a Sortu,
que podrá presentarse a las próximas elecciones
El Supremo estableció en 2011 que la banda terrorista había
«gestado, alentado y tutelado su creación y puesta en escena»
«Hoy Sortu, mañana presos vascos a casa... Lo imposible
parece imposible hasta que se consigue», afirma Barrena
Fracturado por la mitad,
el Tribunal Constitucional falló ayer a favor de la organización abertzale
Sortu y reconoció su derecho a ser inscrita como partido. La formación que,
según el Supremo, fue «gestada, alentada y tutelada» por ETA podrá participar
en las próximas elecciones vascas con marca propia -lo que no ocurría desde la
ilegalización de Batasuna en 2003- y no necesitará recurrir a coaliciones con
otros partidos o al camuflaje bajo otras siglas. El TC ha vuelto a enmendar la
plana al Supremo y lo ha hecho tras una deliberación récord y por un solo voto
de diferencia -seis votos a cinco-, la misma proporción con la que avaló a
Bildu. La sentencia incluye la cautela de que Sortu debe cumplir «los demás
requisitos establecidos» en la ley de partidos.
El presidente del Tribunal Constitucional, Pascual Sala,
decidió someter a votación la ponencia elaborada por Elisa Pérez Vera sobre el
recurso de amparo de Sortu, adelantada ayer en EL MUNDO, tras considerar que
las posturas de los magistrados, expresadas en apenas tres sesiones de
deliberación, estaban suficientemente fijadas y no era previsible que una
continuación del debate condujera a modificaciones de criterio en ninguno de
los dos bloques en que se dividió el TC.
Sala actuó de forma expeditiva (para lo que son los usos y
costumbres del TC) porque estaba empeñado en resolver la demanda de amparo de
Sortu -que tuvo entrada en el Constitucional hace poco más de un año, en mayo
de 2011- antes de que PP y PSOE renueven a los cuatro magistrados que
corresponde elegir al Congreso, lo que se espera para julio.
El Constitucional se ha vuelto a fracturar en dos a la hora
de permitir la inscripción de Sortu en el registro de partidos políticos: seis
(Sala, Eugeni Gay, Pérez Vera, Pablo Pérez Tremps, Adela Asúa y Luis Ortega)
frente a cinco (Javier Delgado, Ramón Rodríguez Arribas, Manuel Aragón,
Francisco Hernando y Francisco Pérez de los Cobos), la misma proporción y los
mismos magistrados que hace un año dieron el visto bueno a la presentación de
la coalición Bildu a las últimas elecciones municipales y forales vascas.
Delgado, Rodríguez Arribas y Aragón han anunciado votos particulares
discrepantes.
El fallo declara vulnerado el derecho fundamental de
asociación de los promotores de Sortu y anula la resolución en la que la Sala
del 61 del Tribunal Supremo rechazó la inscripción de la formación abertzale en
el registro de partidos al considerar que fue ETA la que «ha gestado, alentado
y tutelado la estrategia de Batasuna de crear un nuevo partido así como su
puesta en escena, incluido el rechazo formal de la violencia».
El Supremo se basó en documentos de ETA en los que se
marcaba una estrategia política que luego se reprodujo «punto por punto» en los
documentos de la ilegalizada Batasuna que se consideran la génesis de Sortu.
El TC resta virtualidad probatoria a los documentos
incautados a la banda por las Fuerzas de Seguridad con el mismo argumento que
ya utilizó en el caso de Bildu: «De los citados documentos o del resto de los
que [en el auto del Supremo] se citan para acreditar la voluntad defraudadora
de ETA y de Batasuna no cabe inferir que hayan instrumentalizado al partido
político Sortu para sus fines o que éste se haya dejado instrumentalizar». Se
trata de «conductas ajenas» y «documentos ajenos» que lo que acreditan es la
estrategia de ETA, «pero no la instrumentalización del nuevo partido político
al servicio de dicha estrategia».
El Constitucional ha dado primacía absoluta al contenido de
los estatutos de Sortu, que expresan el rechazo a la violencia, incluida la de ETA.
No obstante, advierte al Ministerio del Interior de que la inscripción del
nuevo partido debe producirse «si se satisfacen los demás requisitos legales
establecidos en la Ley Orgánica de Partidos Políticos». Tal como publicó ayer
este periódico, la sentencia contiene una enumeración de las conductas que
pueden poner en marcha los mecanismos de ilegalización.
• ÁNGELES ESCRIVÁ
MADRID
• 21/06/2012 ESPAÑA
¿Seguro que era esto?
ETA diseñó en 2008 un plan denominado Prodem en el que
planteaba muchas cosas, entre las cuales estaba la creación de un partido que
sustituyese a Batasuna (eje de un frente soberanista), cuya actividad hacía
compatible con la comisión de sus atentados. La izquierda abertzale, con dolor
táctico o no, reivindicó el plan reiteradamente. Hasta que las operaciones
policiales dejaron tan tocada a la organización que sus jefes empezaron a
tirarse los trastos a la cabeza y los ex dirigentes del partido ilegalizado se
dieron cuenta de que, si seguían pegados al diseño de ETA, se hundirían con la
banda y no regresarían jamás a las instituciones. Su evolución posterior es
producto de esta situación, y por eso el Tribunal Supremo afirmó que la
«gestación» de este partido está concebida por la banda.
Iñigo Iruin será lo que se quiera, pero es un abogado
brillante, de modo que, dadas las circunstancias, elaboró unos estatutos que
pudieran prosperar, y lo hizo de un modo tan intencionado que, durante un
tiempo, esgrimió como plantilla los del PSOE: al final, los de Sortu prometían
contribuir a la definitiva desaparición de cualquier tipo de violencia, «en
particular la de ETA», y advertían a sus afiliados que serían sancionados si no
se ajustaban a esta exigencia. Desde el Gobierno se dijo que habían dado un
paso sin precedentes y que Sortu era la constatación de que Batasuna había
arrebatado el control a ETA. En realidad, se lo habían arrebatado las medidas
policiales y judiciales, pero podía aceptarse el argumento. Igual que puede aceptarse
que el lehendakari, Patxi López, defienda la presencia de Sortu para quitarle a
la izquierda aberztale el arma del victimismo que tantos votos le da. Eso sin
entrar en si esta legalización, concretamente, fue incluida en el pacto previo
al comunicado del cese definitivo, conocido por el PP.
Pero seamos serios: si los estatutos de Sortu se ajustan a
la norma es porque el Constitucional fue adelgazando el alcance de la Ley de
Partidos cada vez que tenía que pronunciarse sobre unas siglas al ritmo de las
negociaciones entre el Gobierno y ETA desde 2005. Y porque ha obviado la
sentencia de Estrasburgo sobre la conveniencia de atender, no sólo a la letra,
sino a la actitud de los impulsores del partido.
El resultado es que ha sido legalizada una formación
presentada por toda la cúpula de Batasuna que anunció que rechazaba, pero no
condenaba, la violencia de ETA (la banda les permitía cuestionarla, pero no
emplear ese término); cuyos impulsores no sólo se han negado a condenar sus
casi 900 asesinatos, sino que, para no asumir la derrota, aseguraron que habían
llegado hasta donde están gracias a la estrategia del pasado; cuyos dirigentes
se han negado con insistencia a pedir la disolución de la banda; que al día
siguiente de su puesta de largo afirmaron que entendían que ETA «ha puesto unas
condiciones sobre las que edificar la salida», y cuyo principal promotor
afirmó, cuando se le preguntó por las víctimas: «Entiendo la pregunta pero, en
estos momentos, justo cuando hemos presentado los estatutos en el registro, no
podemos avanzar nada más». Se han visto obligados a dar pasos que jamás
imaginaron, pero estaban preparando una nueva formación: ¿no hubiera sido lo
suyo que se les exigiera la condena de los 857 asesinatos? ¿No era ése el
espíritu de la Ley de Partidos? ¿No es la decencia el espíritu de la ley? ¿Qué
es lo próximo?
Fernández: «Con o sin Sortu, tienen que pedir perdón»
El Gobierno discrepa de la sentencia del TC / Gallardón dice
que se vigilará a la formación
. El ministro de Interior, Jorge Fernández Díaz, aseguró
ayer que acata la sentencia del Tribunal Constitucional que declara legal a
Sortu, aunque manifestó «claramente» su discrepancia con esta decisión judicial.
«Reitero de manera muy especial que, con Sortu o sin Sortu,
la izquierda abertzale tiene que condenar el terrorismo, pedir perdón y la
disolución incondicional de la banda», enfatizó al respecto durante una rueda
de prensa en la sede del Ministerio de Interior.
Fernández Díaz aseguró sentirse «profundamente cercano» a la
sentencia de la Sala del 61 del Tribunal Supremo que, en marzo de 2010,
prohibió la inscripción de Sortu en el Registro de Partidos Políticos.
No obstante, el ministro apostó por esperar a conocer los
fundamentos de derecho de la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional
para hacer una valoración más amplia al respecto. En este sentido, al ser
preguntado sobre si el Gobierno presentará nuevos informes policiales contra
Sortu, el titular de Interior reiteró que cuando se sepa el contenido de la
sentencia del TC se manifestará en ese sentido.
Por su parte, el ministro de Justicia, Alberto
Ruiz-Gallardón, reconoció que le habría gustado «que el Tribunal Constitucional
hubiese mantenido la decisión del Tribunal Supremo y que Sortu siguiese siendo
ilegal» y anunció que el Gobierno estudiará qué instrumentos tiene a su alcance
para vigilar a la formación de la izquierda abertzale y evitar que cometa «un
fraude de ley».
Gallardón hizo esta declaración ante los medios de
comunicación en el Ministerio de Justicia después de conocer que el
Constitucional había decidido por seis votos contra cinco avalar la legalidad
de Sortu. El ministro de Justicia afirmó que, una vez se conozca el contenido
íntegro de la sentencia del Constitucional, se estudiará con profundidad «para
saber qué instrumentos da al Gobierno de la Nación» para vigilar que las
conductas de los miembros de Sortu se adecuen a la ley de forma «permanente».
El ministro reiteró su discrepancia con el fallo e indicó
que el Ejecutivo considera «que la sentencia del Tribunal Supremo era una
respuesta adecuada a la pretensión de Sortu de ser legalizada». Todo ello «sin
perjuicio del máximo respeto al Tribunal Constitucional y el acatamiento de
ésta y todas las resoluciones judiciales». Destacó que hasta que se haga
público el contenido íntegro de la sentencia no se conocerán «las condiciones
impuestas por el Constitucional a Sortu. Por su parte, el magistrado y ex
presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional Javier Gómez
Bermúdez respondió con un «me alegro» cuando se le pidió que valorara la
sentencia.
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